REGIMEN CONTRIBUTIVO
¿Quiénes DEBEN afiliarse a este Régimen?
A este Régimen se deben afiliar las personas que tienen un empleo o poseen capacidad de pago para afiliarse a una Empresa Promotora de Salud (EPS) Igualmente:
- Los trabajadores del servicio doméstico (jardineros, conductores, empleadas del servicio doméstico, entre otros).
- Las madres comunitarias y su núcleo familiar.
- Los empleados dependientes de un patrono.
- Los empleadores o patronos.
- Los trabajadores independientes.
- Los jubilados o pensionados.
- Los servidores públicos.
¿Cómo Afiliarse?
Elija bien la EPS donde desea ser atendido y comuníquele a su patrón o empleador cuál eligió.
Diríjase a la EPS y diligencie el formulario de afiliación junto con su empleador. Incluya a todos los beneficiarios y anexe fotocopia de los documentos de identidad requeridos: documento de identidad, registro civil de matrimonio o certificado de convivencia.
Si es trabajador independiente, empleador o persona con capacidad de pago, diríjase a la EPS que elija y diligencie el formulario de afiliación, afilie a sus beneficiarios presentando fotocopia de los documentos de identidad.
Además, En forma periódica, la Secretaria Distrital de Salud convoca a diferentes jornadas para promover la afiliación de usuarios con capacidad de pago a una EPS-C. En estas actividades se busca la afiliación al SGSSS de Trabajadoras dependientes e independientes como: trabajadoras domésticas, taxistas tenderos, artistas, entre otros.
Para tener derecho al POS, usted debe estar al día en sus aportes mensuales a la EPS. Si no paga cumplidamente puede perder todos los beneficios adquiridos con la afiliación, es decir, no puede acceder a los servicios de salud.
Por otro lado, si usted es empleador y no cumple con los aportes de sus empleados, deberá asumir la totalidad de los costos que genere la atención en salud tanto de ellos como de los beneficiarios.
Trabajador dependiente: debe asistir acompañado(a) por su empleador(a) y presentar tres fotocopias de su documento de identidad y tres fotocopias del documento de identidad de su empleador(a), así como una fotocopia del documento de identificación de cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía).
Trabajador independiente: Presentar original y dos copias de su documento de identidad, así como una fotocopia del documento de identificación de cada uno de sus beneficiarios (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía).
¿Cuánto se debe aportar?
El porcentaje establecido por norma para salud y pensiones es el mismo tanto para los trabajadores dependientes como independientes.
El porcentaje establecido por norma para salud y pensiones es el mismo tanto para los trabajadores dependientes como independientes.
Para un empleado dependiente el aporte que le corresponde hacer en salud es de 12.5 %, del cual el 8.5% le corresponde al patrón y el 4% al empleado. Mientras que para un trabajador independiente está obligado a pagar salud y pensión. El porcentaje de salud y pensión 2016 para los independientes, 12,5% para Salud y 16% para Pensión. Pero el valor real a pagar ya depende del INGRESO BASE DE COTIZACIÓN o IBC. para una persona cuyo salario o ingreso es el mínimo es decir $689.445 pesos el cual corresponde al salario mínimo del 2016, Su aporte para salud es sobre el 12,5% de IBC es decir la suma de $86.181 pesos y Su aporte en pensión es sobre el 16% de IBC es decir la suma de $110.312 pesos.
AFILIACIÓN ENTIDAD | TRABAJADOR DEPENDIENTE | TRABAJADOR INDEPENDIENTE | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
SALARIO MINIMO | $689.445 | VALOR | % | ||||
PRESTACIONES | EMPLEADOR | % | EMPLEADO | % | TOTAL | ||
SALUD | $58.602 | 8,5 | $27.577 | 4 | $86.179 | $86.179 | 12.5 |
PENSION | $82.733 | 12 | $27.577 | 4 | $110.310 | $110.310 | 16 |
TOTAL | $141.335 | 21.5 | $55.154 | 8 | $196.489 | $196.489 | 28.5 |
ARP | El empleador cancela el 100% Depende del oficio o labor que desempeñe el empleado | El empleado independiente cancela el 100% depende del oficio que desempeñe |
¿Cuál es el periodo mínimo de cotización? El tiempo que usted como afiliado debe cotizar para que la EPS le brinde algunos servicios de salud es:
Usted no requiere un tiempo mínimo de cotización para:
- Acciones de promoción de salud y prevención de la enfermedad
- Atención integral del embarazo y el parto
- Atención de urgencias
Por las atenciones que se reciben se deben realizar algunos aportes, que son: ¿Qué son cuotas moderadoras? Son aportes económicos que deben pagarse por la prestación de algunos servicios de salud y que buscan regular su utilización y estimular su buen uso. Estas cuotas se aplican a los cotizantes y sus beneficiarios. ¿Qué son Copagos? Son aportes en dinero que corresponden a una parte del servicio requerido y que realizan única y exclusivamente los beneficiarios de las atenciones de carácter hospitalario. Los pagos de la cuota moderadora y del copago se aplican teniendo en cuenta el salario base de la cotización del afiliado. Cuáles son los derechos en el Régimen Contributivo: Al afiliarse al Régimen Contributivo el usuario tiene DERECHO a incluir como beneficiarios a:
1. Cónyuge, compañera(o) permanente, siempre y cuando la unión sea superior a dos años, presentando declaración juramentada del cotizante.
2. El Recién Nacido presentando el registro civil a la EPS, dentro de los treinta días posteriores a su nacimiento.
3. Los hijos menores de 18 años, incluso si son adoptivos.
4. Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependan económicamente del afiliado.
5. Los hijos entre los 18 y 25 años, cuando sean estudiantes de tiempo completo y dependan económicamente del afiliado.
6. Los hijos del cónyuge o compañera(o) permanente del afiliado que se encuentren en las situaciones definidas en los numerales 3 y 4.
7. Cuando no se tenga cónyuge o compañera(o) permanente o hijos, puede afiliar a los padres que no estén pensionados y dependan económicamente de éste.
Se entiende que existe dependencia económica cuando una persona recibe de otra los medios necesarios para su subsistencia.
¿Cuáles son los deberes del usuario?
- Suministrar información veraz, clara y completa
- Acudir y participación en las campañas orientadas a crear un medio saludable sin riesgos para la salud
- Cuidar su salud y la de su familia
- Cumplir con las citas solicitadas y los controles que requieran, según la orientación del profesional de salud
- Acudir oportunamente en caso de enfermedad a una entidad de salud para recibir atención y evitar complicaciones o consecuencias graves
- Cumplir con las indicaciones del personal de salud
- Vincular a toda su familia para que reciba los servicios de salud necesarios para mantenerse sana
- Cumplir con las normas y procedimientos de las instituciones de salud de las que reciba los servicios
- Respetar al personal de salud que lo atiende
¿Cuáles son los deberes del empleador? Los empleadores que al no tener afiliado a sus trabajadores deben asumir los gastos que se generen en caso de enfermedad, accidente o muerte, además de las sanciones que pueda imponerle la Superintendencia Nacional de Salud por incumplimiento de sus deberes. Además es un deber:
- Inscribir a una EPS a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, ya sea verbal o escrita, temporal o permanente.
- Respetar la libre elección de EPS por parte del empleado.
- Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden.
- Descontar de los ingresos laborales el porcentaje de cotización que le corresponde pagar a los trabajadores a la entidad a la cual están afiliados e informar a los trabajadores sobre las garantías que tienen en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
- Asumir el costo completo de la atención del trabajador y su núcleo familiar cuando se le suspenda la afiliación por no pagar oportunamente los aportes.
- Cancelar el valor total de las cotizaciones atrasadas de la totalidad de sus trabajadores.
- Cancelar el valor de las incapacidades y licencias por todo el tiempo de duración de las mismas.
Estar afiliado a un Fondo de Pensiones le permite ahorrar para obtener una pensión por vejez. También puede obtener una pensión por Invalidez o por muerte en caso que le suceda cualquiera de estas eventualidades. Es importante que haga sus aportes desde ya y con ello garantice la tranquilidad económica suya y de su familia, en cualquiera de estas circunstancias.
¿Cuántos son los afiliados al Régimen Contributivo en la Ciudad de Cartagena por EPS?
AFILIADOS BDUA REGIMEN CONTRIBUTIVO | ||
---|---|---|
CODIGO | NOMBRE | CANTIDAD |
CCFC15 | COMFACOR | 674 |
CCF055 | CAJACOPI | 1.044 |
EAS027 | FONDO FERROCARRILES | 5.054 |
EPSM03 | ALIANSALUD EPS S.A | 22 |
EPSS02 | SALUD TOTAL | 186.2771 |
EPS003 | CAFESALUD | 40.824 |
EPS005 | E.P.S SANITAS | 34.544 |
EPS010 | SURA E.PS | 44.863 |
EPS016 | COOMEVA | 116.367 |
EPS017 | EPS FAMISANAR | 12.646 |
EPS018 | E.PS. SOS | 15 |
EPS033 | SALUDVIDA | 2.247 |
EPS037 | NUEVA EPS | 71.324 |
EPS041 | LA NUEVA EPS S.A.-CM | 62 |
EPSC33 | SALUDVIDA | 329 |
ESSC02 | EMDISALUD | 19 |
ESSC07 | MUTUAL SER | 8.659 |
ESSC24 | COOSALUD | 7.083 |
ESSC33 | COMPARTA | 861 |
ESSC62 | ASMET SALUD | 1 |
ESSC76 | AMBUQ | 634 |
TOTAL | 533.549 |
¿Cuáles son las Empresas Promotora de Salud del Régimen Contributivo, EPS-S, que operan en el Distrito de Cartagena?
MEDIMAS |
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Dirección: Pie del Cerro Sector el Espinal N. 29B-27 |
Teléfono: 3008960763 |
SALUDVIDA EPS |
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Dirección: Amberes, Av. Pedro de Heredia No.39-304 |
Teléfono: 3157249647 |
FAMISANAR EPS |
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Dirección: Centro Calle del Arsenal Calle 25 N° 9ª 06 Local 13 |
Teléfono: 6642222 - 6642200 |
SANITAS EPS |
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Dirección: Manga, Crra 21 no.25-154 |
Teléfono: 3164669097 |
NUEVA EPS |
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Dirección: Manga, Av. Jiménez No 19-71 |
Teléfono: 3175173021 |
COOMEVA |
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Dirección. Manga, av. Jiménez No. 22-50 |
Teléfono: 3008369097 |
SALUD TOTAL |
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Dirección: Santa Lucia, Crra 70 No.31- 90 |
Teléfono: 3158897668 |
SURA EPS |
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Dirección: Pie de la Popa, Cll 32 20-128 l-102 C.C- Omni Plaza |
Teléfono: 3164827476 |