¿Cuáles son las nuevas reglas para el reconocimiento de la licencia de maternidad por el SGSSS?

El reconocimiento de la licencia de maternidad requiere:


1. Haber efectuado la afiliada aportes al SGSSS, durante los meses que correspondan al período de gestación; sin embargo, si no se cotizó durante todo el periodo de gestación, se le reconocerá de manera proporcional.


2. Encontrarse al día en el pago de las cotizaciones, si no se ha realizado el pago oportuno de las cotizaciones, se reconocerá la licencia de maternidad si a la fecha del parto se ha pagado la totalidad de las cotizaciones.

¿Cuándo procede el reconocimiento y pago proporcional de la licencia de maternidad?
¿Cómo se efectúa el reconocimiento de la licencia de maternidad para las trabajadoras independientes de bajos ingresos que no hayan cotizado, durante todo el período de gestación?
¿Cuáles son las nuevas reglas para el reconocimiento de las incapacidades por enfermedad general?