Objetivo General
Establecer las condiciones y requisitos para la organización, operación y funcionamiento de las comunicaciones del sector salud en situaciones de urgencias, emergencias y desastres buscando que exista una adecuada y oportuna regulación de pacientes urgentes, coordinación para la atención de emergencias o desastres, estandarización, de procesos de referencia y contrarreferencia y la adecuada integración de los recursos relacionados con estos eventos, a través del formato de cooperación y la articulación de los diferentes actores del SGSSS y del Comité Local de Prevención y Atención de Desastres (CLOPAD).
Vea aquí la presentación del CRUE
USO DE DESFIBRILADORES AUTOMÁTICOS Y SEMIAUTOMÁTICOS EXTERNOS . Acuerdo 015 de Octubre de 2014
LINEAS DE EMERGENCIAS
- De manera conjunta con los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, debe contribuir en la atención adecuada y oportuna de los pacientes que requieren atención de situaciones de urgencia.
- En situaciones de emergencias o desastre, deben procurar dar una respuesta eficiente coordinada, con las entidades del sector salud que hacen parte del Comité Local de Prevención y Atención de Desastres (CLOPAD), incluidos los organismos de socorro, EPS, Aseguradoras entre otros.
- Informar, orientar y asesorar a los Integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud y a la comunidad en general, sobre la regulación de las urgencias y sobre la prevención, preparación y atención de las emergencias y los desastres.
- Propender por el uso ordenado y racional de los servicios de urgencias en el Distrito.
- Articularse con el NUSE (Número Único de Seguridad y Emergencias)para contribuir de manera eficaz, eficiente, oportuna y coordinada en las solicitudes de atención de urgencias, emergencias o desastres de la población.
- En los casos de atención de urgencias, apoyar la operación de .los procesos de referencia y contrarreferencia a cargo de la Dirección Territorial de Salud correspondiente y el de otras entidades responsables del pago de servicios del área de influencia del CRUE cuando se hayan suscrito para el efecto los respectivos contratos.
- Coordinar la operación con los procesos de referencia y contrarreferencia en el Distrito en situaciones de emergencia o desastre.
- Apoyar el sistema de vigilancia epidemiológica en los eventos de urgencia, emergencia o desastre
- Recibir y organizar la información que sobre situaciones de urgencia, emergencia y/o desastre se presenten en la zona de influencia del. CRUE y realizar las acciones de respuesta que correspondan.
- Mantener un registro diario de los casos reportados y atendidos por el CRUE.
- Elaborar y enviar los reportes que solicite .el Ministerio de la Protección Social a través de su Centro Nacional de Comunicaciones, relacionados con la atención de urgencias, emergencias desastres en el Distrito de Cartagena.
- Organizar y coordinar la Red de Comunicaciones en Salud, para la atención de urgencias emergencias y desastres, en el Distrito de Cartagena.
- Coordinar con los CRUE de otros departamentos, distritos o municipios, las acciones de preparación y respuesta para garantizar la atención en salud de situaciones de urgencias, emergencias y desastres.
- Garantizar la articulación y coordinación con los servicios de• atención prehospitalaria en los sitios en que preste este tipo de servicios.
- Brindar información y asesoría a la red de prestadores de servicios de salud sobre emergencias toxicológicas disponibilidad de antídotos y bancos de sangre.
- Apoyar la gestión de la dirección territorial de salud en programas como red de transplantes atención de pacientes electivos, información de personas desaparecidas, misión médica entre otros.
- Coordinar la disposición de los recursos de los centros de reserva del sector salud para la atención de casos de urgencia, emergencia o desastre.
- Mantener coordinación permanente con el Comité Local y Regional de Desastres.
- Activar los planes de emergencia o contingencia del sector y difundir declaratorias de alerta hospitalaria.
- Recibir la información y definir el prestador a donde deben remitirse los pacientes, en los casos de atención inicial de urgencias y autorización adicional que impliquen la remisión a otro prestador y no se obtenga respuesta por parte de la entidad responsable del pago el prestador.
LÍNEAS DE EMERGENCIA
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